Requisitos: trámite de la Nulla Osta
Requisitos Nulla Osta:
- Copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento expedido con antelación máxima de 3 meses.
Nota: La solicitud de la copia autentica del registro civil de nacimiento no puede ser realizada a través del Consulado. El interesado deberá contactar a la notaría o Registraduría donde fue registrado.
La copia del registro civil puede ser impresa, para la solicitud del nulla osta ante el Consulado no es necesaria la traducción ni la apostilla.
2. Cédula de ciudadanía original (Amarilla con hologramas).
3. Pasaporte válido (Electrónico).
4. Documento de identidad, original, del futuro cónyuge. Pasaporte o carta de identidad si es italiano. Si es extranjero, pasaporte vigente.
Si el trámite es solicitado por una tercera persona, el delegado deberá presentar un poder autenticado notaria por el interesado (ciudadano colombiano). El apoderado deberá presentar los documentos en original, junto con su documento de identificación (cédula de ciudadanía si es ciudadano colombiano o pasaporte si es extranjero).
En caso en que el solicitante sea separado, divorciado o viudo, dichas anotaciones deben estar en el Registro Civil de Nacimiento.
Una vez tramitado el Nulla Osta para Matrimonio, debe legalizar la firma del Cónsul o Vicecónsul ante la Prefettura de la ciudad donde contraerá matrimonio o donde se harán las publicaciones del matrimonio.
- Atención! Las firmas de los funcionarios de este Consulado están solamente registradas en el norte de Italia, circunscripción consular: Liguria, Piemonte, Valle d’Aosta, Lombardia, Trentino-Alto Adige, Friuli-Venezia Giulia, Veneto, Emilia Romagna y Reppublica di San Marino, las demás regiones de Italia, le pertenecen al Consulado General de Colombia en Roma.
COSTOS: Los precios están sujetos a cambios.
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Reconocimiento de firma: 18 euros. El pago se realiza en efectivo el día de la cita.